¿Chile debería tener precedentes legales como los países common law?
En Chile, el código civil establece que las sentencias solo obligan al caso específico. Eso tiene como consecuencia que; por ejemplo, dos personas haciendo cada una un recurso de protección constitucional identico, por exactamente los mismos hechos, ante una corte de apelaciones obtengan resultados diferentes a pesar de que reclaman exactamente lo mismo por hechos literalmente idénticos.
Si una de las dos personas tiene suerte y le tocan jueces que opinan similar a ella, podría acoger favorablemente su recurso. En cambio la segunda persona, a pesar de reclamar indenticamente lo mismo; por haber vivido idénticamente los mismos hechos, si le tocan jueces que opinen distinto podría obtener un resultado distinto a pesar de la equivalencia absolutamente de ambos casos.
>¿Estamos a merced de la opinión subjetiva, arbitraria y antojadiza de los jueces?
>¿Está bien que exactamente los mismos hechos a veces tengan un resultado y a veces otro dependiendo de que juez me asignó el azar?
>¿Eso no viola de forma descarada el principio de igualdad ante la ley?
>¿No es acaso está situación la mayor de las injusticias?
Los leo.