u/Tikitaks

Es hora de jubilar al feminismo e instaurar el machismo por el bien de la igualdad. Los hombres superamos la mayoria de las estadisticas negativas:

  1. Personas sin hogar: en 2022 había 21.900 hombres sin hogar atendidos en centros, frente a 6.652 mujeres. Los hombres eran aproximadamente el 76,7% del total.

  2. Suicidios: en 2023 hubo 3.044 suicidios de hombres frente a 1.072 de mujeres. Los hombres fueron alrededor del 74% del total.

  3. Tasa de suicidio: en 2023 fue de 12,85 por 100.000 habitantes en hombres frente a 4,35 en mujeres.

  4. Suicidio en mayores: en hombres de más de 79 años, la tasa fue de 34,54 por 100.000, frente a 5,81 en mujeres.

  5. Muertes por causas externas: en 2023 murieron 11.205 hombres frente a 6.532 mujeres por causas externas como accidentes, suicidios, caídas y otras muertes evitables o violentas.

  6. Accidentes de tráfico interurbanos: en 2025 los hombres fueron el 80% de los fallecidos, con 899 hombres muertos frente a 219 mujeres.

  7. Accidentes de tráfico urbanos: en 2024, el 75% de las personas fallecidas en vías urbanas fueron hombres.

  8. Accidentes laborales con baja en jornada: en 2024 hubo 355.644 accidentes en varones asalariados frente a 154.002 en mujeres asalariadas.

  9. Accidentes laborales mortales en asalariados: en 2024 murieron 548 hombres frente a 37 mujeres.

  10. Accidentes laborales mortales en autónomos: en 2024 murieron 60 hombres autónomos frente a 1 mujer autónoma.

  11. Total de accidentes laborales mortales: en 2024 murieron 608 hombres frente a 38 mujeres.

  12. Esperanza de vida: en 2024 los hombres vivían de media 81,38 años, frente a 86,53 años las mujeres. Diferencia: más de cinco años menos.

  13. Esperanza de vida a los 65 años: un hombre podía esperar vivir 19,87 años más, frente a 23,64 años en mujeres.

  14. Enfermedad cardíaca: entre los hombres, las enfermedades isquémicas del corazón están entre las principales causas de muerte.

  15. Cáncer de pulmón: entre los hombres, el cáncer de bronquios y pulmón aparece también entre las causas más letales.

  16. Abandono educativo temprano: en 2024 fue del 15,8% en hombres frente al 10% en mujeres.

  17. Brecha de abandono educativo temprano: los hombres superaban a las mujeres por 5,7 puntos.

  18. Estudios superiores en jóvenes de 25 a 34 años: 47,1% de hombres frente a 58,3% de mujeres.

  19. Bajo nivel formativo en jóvenes de 25 a 34 años: 28,3% de hombres frente a 21,0% de mujeres con primera etapa de secundaria o inferior.

  20. Bajo nivel formativo en población de 25 a 64 años: 38,3% de hombres frente a 31,9% de mujeres.

  21. Estudios superiores en población de 25 a 64 años: 38,7% de hombres frente a 45,3% de mujeres.

  22. Universidad: en el curso 2023-2024, las mujeres fueron el 56,5% del alumnado matriculado en el sistema universitario español; los hombres quedaron en torno al 43,5%.

  23. Finalización universitaria: las mujeres fueron el 60,1% del alumnado que terminó estudios universitarios.

  24. Necesidades específicas de apoyo educativo: en el curso 2024-2025, el 60% del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo eran hombres.

  25. Necesidades educativas especiales: dentro de ese grupo, los hombres llegaban al 70%.

  26. Condenas penales en adultos: en 2024 el 79,9% de las personas condenadas eran varones.

  27. Tasa de condenados adultos: en 2024 fue de 12,4 por 1.000 hombres frente a 2,9 por 1.000 mujeres.

  28. Cárcel: a 31 de diciembre de 2024 había 55.103 hombres presos frente a 4.123 mujeres.

  29. Población reclusa: los hombres eran aproximadamente el 93% de las personas presas en España.

  30. Presos preventivos: 9.733 hombres frente a 739 mujeres.

  31. Presos penados: 43.963 hombres frente a 3.294 mujeres.

  32. Custodia exclusiva tras divorcio: en 2024 se otorgó al padre solo en el 3,4% de divorcios con hijos menores, frente al 46,6% a la madre y el 49,7% compartida.

  33. Custodia paterna exclusiva: aunque la custodia compartida ya es muy relevante, que el padre reciba la custodia exclusiva sigue siendo residual.

  34. Consumo de drogas: EDADES 2024 señala mayor consumo masculino en los últimos 12 meses para la mayoría de sustancias, excepto hipnosedantes y analgésicos opioides.

  35. Cannabis en jóvenes de 15 a 24 años: consumo en últimos 12 meses del 25,8% en chicos frente al 17,7% en chicas.

  36. Consumo problemático de cannabis: 2,2% de hombres frente a 0,7% de mujeres en población de 15 a 64 años.

  37. Policonsumo: el informe EDADES indica que el policonsumo es más prevalente en hombres que en mujeres en todos los grupos de edad.

  38. Muerte por reacción aguda a sustancias psicoactivas: en 2021 hubo 815 hombres fallecidos frente a 230 mujeres.

  39. Juego online: en 2024 jugó online el 8,2% de los hombres frente al 2,7% de las mujeres.

  40. Juego online y presencial combinado: 6,9% de hombres frente a 2,3% de mujeres.

  41. Posible trastorno por videojuegos en estudiantes de 14 a 18 años: en 2023 fue del 7,7% en chicos frente al 2,5% en chicas.

  42. Etc.

reddit.com
u/Tikitaks — 4 days ago
▲ 144 r/antiizquierdapolitica+1 crossposts

Ahora resulta que no podemos usar nuestro dinero (sudado y sangrado a lo largo de toda una vida) para que nuestros hijos vivan bien...

Deberian personas que no saben ni definir lo que es una mujer tener derecho al voto?

u/Tikitaks — 4 days ago
▲ 250 r/EnoughCommieSpam+2 crossposts

President of European Federation of Journalists Maja Sever invited it’s followers to “delete” local fascists. She refuses to be specific on how would she actually delete other human beings that she disagrees with.

In Croatia she is also known for hardcore promotion of Yugo communism and all things far left. Of course, rules of hate speech don’t apply to her or her likeminded colleagues.

u/Tikitaks — 5 days ago

¿Estamos produciendo demasiados inutiles (aka. rediturdos) en nuestras universidades publicas?

Deberiamos replantear la financiacion de ciertas facultades?

u/Tikitaks — 6 days ago

¿Algun fan en Reddit de presidentes tecnocratas con buenos resultados y que saben de lo que habla?

¿O solo hay zurdos de mierda deshonestos, infatilizados, hipocritas y sectarios?

u/Tikitaks — 7 days ago

Resulta que zurdos en carreras pendejas son el peor enemigo del trabador (para sorpresa de nadie).

u/Tikitaks — 7 days ago

Milei: "La educacion no es un derecho"

¿Porque los zurdos basan sus opiniones en clips de segundos fuera de contexto?

u/Tikitaks — 7 days ago

Ni vienen a pagarnos las pensiones (como ya demostraron Países Bajos y Dinamarca), ni se adaptan intelectualmente (como mostró PISA incluso controlando el factor socioeconómico). Pero al menos nuestras futuras generaciones agradecerán los nuevos niveles de criminalidad.

Es esto bueno para la economia del pais?

u/Tikitaks — 12 days ago

A pesar de ser regados con subvenciones y "discriminaciones positivas", migrantes de SEGUNDA GENERACION siguen academicamente muy por debajo de la poblacion autoctona ¿Es esto bueno para nuestra economia?

PISA 2018 EDITION

u/Tikitaks — 13 days ago

¿Tenemos los Españoles un problema de competitividad a nivel internacional? Ni si quiera salimos en la estadistica!

Literal rookie numbers.

u/Tikitaks — 14 days ago

Que quede claro: dado mi aficion pasada a las drogas ("flojas") he crecido y vivido casi toda mi vida rodeado de zurdos. Sé de lo que hablo.

reddit.com
u/Tikitaks — 15 days ago

  1. PAC: +15% para jóvenes agricultoras en la ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores, durante un máximo de 5 campañas.

  2. Ese +15% se aplica por ser joven agricultora, no simplemente por joven agricultor varón.

  3. España introdujo perspectiva de género en ayudas directas PAC, especialmente en el pago complementario para jóvenes agricultoras.

  4. Subvenciones estatales a entidades de mujeres rurales para proyectos de promoción de mujeres en el medio rural.

  5. Convocatoria MAPA 2025: 500.000 € para entidades de mujeres rurales de ámbito estatal.

  6. Requisito favorable a asociaciones de mujeres rurales: proyectos dirigidos específicamente a promoción de mujeres rurales en al menos tres comunidades autónomas.

  7. FEADER/PDR: medidas de discriminación positiva en favor de mujeres dentro de programas de desarrollo rural.

  8. Criterios de priorización para mujeres en programas de desarrollo rural.

  9. Prioridad para explotaciones de titularidad compartida, una figura creada en gran parte para visibilizar y reforzar el papel económico de la mujer en explotaciones agrarias familiares.

  10. Subvenciones 2025 a explotaciones agrarias de titularidad compartida: presupuesto máximo de 1.795.000 €.

  11. Ayuda de hasta 1.500 € por explotación de titularidad compartida para contribuir al pago de cuotas de Seguridad Social.

  12. Premios de Excelencia a la Innovación para Mujeres Rurales: premios de 18.000 €, 12.000 € y 7.500 € por categoría.

  13. Premios específicos para proyectos hechos por mujeres rurales o que fomenten su inserción laboral.

  14. Mujer parada de larga duración menor de 45 años: bonificación de 128 €/mes durante 3 años.

  15. Hombre parado de larga duración menor de 45 años: bonificación de 110 €/mes durante 3 años. Diferencia: +18 €/mes para mujeres.

  16. Transformar contrato formativo en indefinido: 147 €/mes durante 3 años si es mujer.

  17. Mismo caso si es hombre: 128 €/mes durante 3 años. Diferencia: +19 €/mes para mujeres.

  18. ETT con contrato formativo que pasa a indefinido en empresa usuaria: 147 €/mes si es mujer, frente a 128 €/mes si es hombre.

  19. Contrato de relevo convertido en indefinido: 73 €/mes durante 3 años si es mujer.

  20. Mismo contrato de relevo si es hombre: 55 €/mes durante 3 años. Diferencia: +18 €/mes para mujeres.

  21. Convenios colectivos pueden establecer reservas y preferencias de contratación para favorecer al sexo menos representado.

  22. En sectores masculinizados, esa fórmula de “sexo menos representado” significa en la práctica: preferencia para mujeres.

  23. Convenios pueden establecer preferencias en promoción profesional para mujeres cuando estén infrarrepresentadas.

  24. Convenios pueden establecer preferencias en formación profesional para mujeres cuando estén infrarrepresentadas.

  25. Empresas con medidas de igualdad pueden tener ventaja en contratación pública si igualan la oferta más ventajosa.

  26. Subvenciones públicas pueden valorar positivamente planes de igualdad, medidas de conciliación o distintivo de igualdad.

  27. El “distintivo de igualdad” puede funcionar como ventaja competitiva ante contratos públicos y subvenciones.

  28. Negociación colectiva puede adoptar acciones positivas para favorecer el acceso de mujeres al empleo, no solo neutralidad formal.

  29. Deducción por maternidad: hasta 1.200 €/año por hijo menor de 3 años.

  30. La deducción se formula para mujeres con hijos menores de 3 años; el padre/tutor entra solo en supuestos concretos, como fallecimiento de la madre o guarda y custodia exclusiva.

  31. Incremento por guardería o centro infantil autorizado: hasta 1.000 €/año adicionales.

  32. Potencial total maternidad + guardería: hasta 2.200 €/año por hijo.

  33. Complemento de pensiones por brecha de género: en 2026, 36,90 €/mes por hijo, máximo cuatro hijos.

  34. Ese complemento hoy puede cobrarlo hombre o mujer, pero históricamente tuvo un diseño más favorable para mujeres.

  35. La Seguridad Social dice que, desde la sentencia del TJUE de 15 de mayo de 2025, ya no se deben exigir requisitos adicionales a los hombres para ese complemento.

  36. El antiguo complemento de maternidad por aportación demográfica sigue existiendo transitoriamente para quienes ya lo cobraban antes del cambio normativo.

  37. ENISA Emprendedoras Digitales: línea de financiación de 8.000.000 € para startups lideradas por mujeres.

  38. Subvenciones para postgrados de estudios feministas y de género: 200.000 € en convocatoria 2026.

  39. Subvenciones para actividades universitarias de igualdad: 400.000 € en convocatoria 2026.

  40. Investigaciones feministas: financiación de 770.000 €, con máximo de 25.000 € por proyecto.

  41. Subvenciones para creación, producción y difusión artística/cultural con enfoque de igualdad de género.

  42. La educación superior debe fomentar enseñanza e investigación sobre igualdad.

  43. Las administraciones deben promover presencia equilibrada de mujeres y hombres en creación, producción y difusión artística e intelectual.

  44. RTVE debe promover incorporación de mujeres a puestos de responsabilidad.

  45. Agencia EFE debe promover incorporación de mujeres a puestos de responsabilidad.

  46. Proyectos culturales con perspectiva de igualdad pueden tener acceso a líneas de financiación específicas.

  47. Programa Mujer y Deporte del CSD: hasta 1.800.000 € a federaciones deportivas en 2025.

  48. Ayudas para promoción y difusión de la mujer en el deporte.

  49. Ayudas para formación dentro del Programa Mujer y Deporte.

  50. Ayudas para desplazamientos de técnicas, juezas y personal federativo femenino.

  51. Ayudas para planes de igualdad en federaciones deportivas.

  52. Ayudas para contratación de mujeres en federaciones.

  53. Ayudas sociales a mujeres deportistas dentro del Programa Mujer y Deporte.

  54. Apoyo específico a mujeres deportistas por conciliación, maternidad y formación en convocatorias del CSD.

  55. Regla 40/60 de presencia equilibrada: ningún sexo por debajo del 40% ni por encima del 60% en muchos órganos.

  56. Gobierno: composición de vicepresidencias y ministerios con presencia equilibrada.

  57. Secretarías de Estado y órganos directivos de la Administración General del Estado: presencia equilibrada.

  58. Alta dirección del sector público institucional estatal: presencia equilibrada.

  59. Consejo General del Poder Judicial: presencia equilibrada.

  60. Consejo Fiscal: presencia equilibrada.

  61. Tribunal de Cuentas: presencia equilibrada.

  62. Consejo de Estado y otros órganos constitucionales o de relevancia constitucional: presencia equilibrada.

  63. Órganos de sindicatos: presencia equilibrada.

  64. Órganos de asociaciones empresariales: presencia equilibrada.

  65. Entidades de interés público y sociedades cotizadas: presión normativa hacia composición equilibrada en consejos de administración.

  66. Órganos de jurados, premios y condecoraciones públicas: tendencia/regla de composición equilibrada.

  67. Cargos y órganos militares determinados: debe tenerse en cuenta la presencia equilibrada, adaptada a la normativa militar.

  68. Si las mujeres superan el 60%, la regla puede no aplicarse cuando se justifique como acción positiva. Es decir: demasiado hombre se corrige; demasiada mujer puede justificarse.

  69. Maltrato/lesión leve a esposa o pareja/expareja mujer: prisión de 6 meses a 1 año o trabajos en beneficio de la comunidad.

  70. Maltrato leve general sin esa categoría: puede quedar en multa de 1 a 2 meses o, en lesiones menores, multa de 1 a 3 meses. La diferencia penal es enorme.

  71. Amenaza leve a esposa o pareja/expareja mujer: prisión de 6 meses a 1 año o trabajos en beneficio de la comunidad.

  72. Amenazas leves en otros contextos familiares: pueden tener penas inferiores como localización permanente, trabajos o multa.

  73. Coacción leve a esposa o pareja/expareja mujer: prisión de 6 meses a 1 año o trabajos en beneficio de la comunidad.

  74. Coacciones leves fuera de ese supuesto: pueden tratarse de forma bastante más leve.

  75. Tipo penal específico de acoso para obstaculizar el aborto, formulado como acoso a “una mujer” que quiere interrumpir su embarazo.

  76. Circuito judicial específico para violencia sobre la mujer, con juzgados especializados.

  77. Ese circuito puede absorber también asuntos civiles relacionados, como familia, custodia y medidas civiles.

  78. Paquete institucional asociado: asistencia jurídica, derechos laborales, movilidad, suspensión/extinción de contrato, desempleo y ayudas económicas específicas.

Etc.

Etc...

Wtf?

reddit.com
u/Tikitaks — 15 days ago

  1. Bonificación de 128 €/mes durante 4 años por contratar indefinidamente a mujeres víctimas de violencia de género, violencia sexual, trata, explotación sexual/laboral o mujeres en contextos de prostitución.

  2. Paradas de larga duración mujeres: 128 €/mes durante 3 años, frente a la bonificación general de 110 €/mes para otros parados de larga duración.

  3. Conversión de contrato formativo en indefinido: 147 €/mes durante 3 años si es mujer, frente a 128 €/mes en el caso general.

  4. Conversión de contrato de relevo en indefinido: 73 €/mes durante 3 años si es mujer, frente a 55 €/mes en el caso general.

  5. Conversión de contrato temporal agrario en fijo-discontinuo: 73 €/mes durante 3 años si es mujer, frente a 55 €/mes en el caso general.

  6. Contrato de sustitución de trabajadora víctima de violencia de género o sexual: la empresa puede tener bonificaciones específicas cuando sustituye a una mujer que suspende contrato o se desplaza por esa causa.

  7. Sustitución de víctima de violencia de género: en ciertos casos, la empresa puede bonificarse el 100% de las cuotas empresariales por contingencias comunes durante la sustitución.

  8. Bonificaciones a empresas por contratar mujeres en situaciones concretas, no necesariamente por mérito diferencial sino por categoría protegida. La lógica es acción positiva; el efecto práctico es incentivo económico para contratar mujeres en ciertos supuestos.

Derechos laborales especiales

  1. Derecho a reducción de jornada para trabajadoras víctimas de violencia de género.

  2. Derecho a reordenar el tiempo de trabajo para trabajadoras víctimas de violencia de género.

  3. Derecho preferente a movilidad geográfica para trabajadoras víctimas de violencia de género.

  4. Derecho preferente a cambio de centro de trabajo dentro de la empresa.

  5. Derecho a suspender el contrato con reserva del puesto si la trabajadora debe dejar temporalmente su empleo por violencia de género o sexual.

  6. Suspensión inicial de hasta 6 meses, ampliable judicialmente por tramos de 3 meses hasta un máximo de 18 meses.

  7. Derecho a extinguir voluntariamente el contrato si la trabajadora necesita abandonar definitivamente su empleo por ser víctima de violencia de género o sexual.

  8. Esa extinción cuenta como situación legal de desempleo, por lo que puede abrir derecho a paro/subsidio.

  9. La suspensión del contrato también cuenta como situación legal de desempleo en esos supuestos.

  10. El tiempo de suspensión con reserva cuenta como cotización efectiva para jubilación, incapacidad, muerte y supervivencia, nacimiento y cuidado, desempleo y otras prestaciones.

  11. Ausencias o faltas de puntualidad justificadas si derivan de violencia de género, acreditadas por servicios sociales o sanitarios.

  12. Derecho a teletrabajo o adaptación del trabajo a distancia para víctimas de violencia de género/sexual/terrorismo cuando sea compatible con el puesto. Aquí no es solo mujer en todos los casos, pero violencia de género sí es el canal femenino específico.

  13. Traslado preferente a otro centro de la empresa, con reserva del puesto anterior durante 6 a 12 meses.

  14. Al terminar el traslado, la persona puede volver, quedarse en el nuevo puesto o extinguir el contrato con indemnización de 20 días por año, máximo 12 mensualidades.

  15. Despido objetivo nulo si se produce por ejercer derechos laborales vinculados a violencia de género o sexual.

  16. Despido disciplinario nulo si se produce por ejercer esos derechos.

Autónomas y trabajadoras dependientes

  1. Autónoma víctima de violencia de género: puede cesar actividad para protegerse y queda suspendida la obligación de cotizar durante 6 meses, pero ese periodo se considera cotizado.

  2. Autónomas con violencia de género: acceso a cuota reducida en determinados periodos junto con otros colectivos como personas con discapacidad o víctimas de terrorismo.

  3. Trabajadora autónoma económicamente dependiente —TRADE—: puede interrumpir su actividad por violencia de género sin que se trate como incumplimiento ordinario.

Funcionarias y empleo público

  1. Funcionaria víctima de violencia de género o sexual: faltas de asistencia justificadas.

  2. Funcionaria víctima: derecho a reducción o reordenación de jornada.

  3. Si reduce jornada un tercio o menos, mantiene retribuciones íntegras. Esto es bastante fuerte.

  4. Traslado de funcionaria víctima a otro puesto, incluso sin que sea una vacante de cobertura necesaria.

  5. Ese traslado tiene consideración de traslado forzoso, con las consecuencias administrativas favorables que eso puede tener.

  6. Excedencia sin haber prestado un mínimo de servicios previos para funcionarias víctimas.

  7. Excedencia sin plazo mínimo de permanencia para funcionarias víctimas.

  8. Reserva del puesto durante 6 meses, computando para antigüedad, carrera y Seguridad Social.

  9. Extensión judicial de la reserva hasta 18 meses.

  10. Durante los dos primeros meses de excedencia, derecho a retribuciones íntegras y prestaciones familiares por hijo a cargo.

Ayudas económicas, vivienda y asistencia

  1. Ayuda de pago único equivalente a 6 meses de subsidio de desempleo para mujeres víctimas de violencia de género con rentas bajas y especiales dificultades de empleabilidad.

  2. La ayuda sube a 12 meses si la víctima tiene discapacidad igual o superior al 33%.

  3. La ayuda sube a 18 meses si tiene responsabilidades familiares.

  4. La ayuda puede llegar a 24 meses si la víctima o un familiar conviviente tiene discapacidad igual o superior al 33%.

  5. Prioridad en acceso a vivienda protegida para mujeres víctimas de violencia de género.

  6. Prioridad en residencias públicas de mayores para mujeres víctimas de violencia de género.

  7. Subsidio para víctimas de violencia: según SEPE, en 2026 puede ser de 570 € los primeros 180 días, 540 € del día 181 al 360, y 480 € desde el día 361.

  8. Asistencia jurídica gratuita inmediata sin mirar recursos económicos para víctimas de violencia de género, terrorismo y trata.

  9. Asistencia jurídica gratuita para mujeres y menores víctimas de delitos sexuales, mutilación genital, matrimonio forzado o acoso con connotación sexual, sin exigir primero pobreza económica.

  10. La condición de víctima a efectos de justicia gratuita puede activarse desde denuncia, querella o procedimiento penal, no necesariamente desde condena firme.

  11. Si luego hay absolución o archivo firme, no se exige devolver el coste de las prestaciones disfrutadas hasta ese momento.

  12. Mismo abogado en distintos procedimientos relacionados, especialmente cuando hay violencia de género, para asegurar unidad de defensa.

Pensiones y Seguridad Social

  1. Complemento de pensiones por brecha de género: en 2026 son 36,90 €/mes por hijo, máximo cuatro hijos, en 14 pagas. Actualmente puede aplicarse a hombres y mujeres, pero históricamente tuvo requisitos más favorables para mujeres; el TJUE obligó a corregir esa diferencia para hombres en mayo de 2025.

  2. Pensión de viudedad para mujeres separadas o divorciadas víctimas de violencia de género, incluso sin pensión compensatoria en ciertos supuestos.

  3. Pensión de viudedad para mujeres víctimas de violencia de género en parejas de hecho extinguidas, también con excepción específica.

Desigualdad penal y procesal

  1. Maltrato/lesión leve contra esposa o expareja mujer: pena de prisión de 6 meses a 1 año. Para otros familiares del art. 173.2, el mínimo puede ser 3 meses.

  2. Amenaza leve contra esposa o expareja mujer: prisión de 6 meses a 1 año o trabajos en beneficio de la comunidad. En otros supuestos familiares comparables, el mínimo puede ser menor.

  3. Coacción leve contra esposa o expareja mujer: prisión de 6 meses a 1 año o trabajos en beneficio de la comunidad. La coacción leve general puede quedarse en multa.

  4. En suspensión de condena por delitos contra mujer pareja/expareja, ciertas prohibiciones y deberes se imponen siempre: no aproximarse, no comunicarse, programas formativos, etc.

  5. Restricción especial para sustituir por multa en delitos contra mujer pareja/expareja: solo puede imponerse si no hay relaciones económicas derivadas de matrimonio, convivencia, filiación o descendencia común.

  6. Delito específico de acoso para obstaculizar el aborto, formulado como acoso a “una mujer” que quiere ejercer su derecho a interrumpir el embarazo. No tiene equivalente masculino directo porque el supuesto biológico no lo tiene, pero jurídicamente es un tipo penal sexoespecífico.

Juzgados y circuito institucional

  1. Juzgados de Violencia sobre la Mujer: circuito judicial específico para violencia contra esposa, exesposa o mujer ligada afectivamente al autor.

  2. Estos juzgados pueden conocer delitos graves y menos graves cuando la víctima es mujer pareja/expareja: homicidio, lesiones, libertad, integridad moral, libertad sexual, etc.

  3. También pueden absorber asuntos civiles relacionados, como familia, custodia o medidas civiles cuando hay procedimiento de violencia de género conectado.

  4. El juzgado civil debe inhibirse y remitir al Juzgado de Violencia sobre la Mujer en ciertos supuestos cuando aparece causa penal de violencia de género.

  5. Competencia civil “exclusiva y excluyente” del Juzgado de Violencia sobre la Mujer cuando concurren los requisitos.

  6. Coordinación procesal rápida: policía judicial y juzgados deben citar ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer en plazos inmediatos en determinados casos.

Cuotas, paridad y acción positiva

  1. Regla de presencia equilibrada 40/60, usada en listas, órganos y espacios institucionales. En teoría es de ambos sexos, pero en la práctica suele operar para elevar presencia femenina.

  2. Excepción asimétrica muy llamativa: la Ley Orgánica 2/2024 permite no aplicar el criterio de presencia equilibrada cuando las mujeres superen el 60%, si se justifica como acción positiva. O sea: demasiado hombre se corrige; demasiada mujer puede justificarse.

  3. Negociación colectiva puede establecer reservas y preferencias de contratación para favorecer al sexo menos representado; en sectores masculinizados, eso significa preferencia para mujeres a igualdad de idoneidad.

  4. Medidas de acción positiva en acceso al empleo, permitiendo que en igualdad de condiciones se prefiera al sexo menos representado. Legalmente puede ser simétrico, pero materialmente suele beneficiar a mujeres en puestos masculinizados.

Cultura, universidad, deporte y programas específicos

  1. Subvenciones del Instituto de las Mujeres para creación, producción y difusión artística/cultural con enfoque de igualdad de género.

  2. Ayudas para investigaciones feministas convocadas por el Instituto de las Mujeres.

  3. Ayudas para postgrados de estudios feministas y de género y actividades universitarias relacionadas.

  4. Subvenciones universitarias para investigación, formación y difusión con perspectiva de género e interseccionalidad.

  5. Programa Mujer y Deporte del CSD: ayudas para promoción de mujeres en el deporte, formación, desplazamientos de técnicas/juezas/personal federativo femenino, planes de igualdad y contratación de mujeres.

  6. Ayudas a mujeres deportistas de alto nivel o alto rendimiento para conciliación, maternidad, formación y apoyo....

Con los impuestos de todos.

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u/Tikitaks — 15 days ago

Va siendo hora de replantear el sufragio universal antes de que todo se vaya a la mierda como en Venezuela, Argentina, Cuba, Iran, Cambodia, Corea del Norte, China Maoista, Union Sovietica etc....

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u/Tikitaks — 24 days ago

Pagar mas impuestos que nunca para tener mas violaciones que nunca. Logica zurda de mierda.

u/Tikitaks — 25 days ago