VIA LEGAL PARA CLASURAR JUDICIALMENTE LA OPUS DEI U OBRA DE DIOS
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VIA LEGAL PARA CLASURAR JUDICIALMENTE LA OPUS DEI U OBRA DE DIOS

RESUMEN

Yendo contra los laicos y la Obra de Dios como persona jurídica, penalmente, por los gravísimos delitos económicos en justicia penal, nada de canónica, son el 95% de sus miembros laicos (numerarios, super, agregados, directores etc etc) y son los delitos mas fáciles de probar.

Y poner al Papa e Iglesia como cooperador, cómplice y encubridor por haber tenido conocimiento de denuncias de miembros, no haber hecho nada y haberse lucrado económicamente a título participativo desde 1982.

Un bufete de la UE experto en delitos económicos, como Amsterdam & Partners, que conozca el derecho penal económico UE y el español, abogados de fuera de España y habilitado para pleitear en el TJUE y TEDH

La condena a la persona jurídica lleva aparejada la responsabilidad civil subsidiaria, la cancelación, prohibición del nombre y inhabilitación de sus cargos, embargos.

Estafa con prevalimiento por abuso (engaño suficiente para conseguir transferencia patrimonial y ganancia económica e que sin ese engaño no se produciría) , reducción a la dependencia de sus miembros al controlarles, aislarles y no tener el mínimo vital de subsistencia y por ello son vulnerables.

Sueldos, donaciones, herencias, falsas autotutelas, salarios entregados A LAICOS en sobres en B, fraude fiscal, fraude a la AEAT Tributos, impago de salarios, de cotizaciones sociales, trabajo esclavo sin vacaciones, lavado de dinero negro, grupo criminal organizado al ser mas de tres de con funciones repartidas entre ellos

La descripción que haces corresponde al delito de estafa básico regulado en el artículo 248.1 del Código Penal, el cual exige un engaño bastante, un error en la víctima, un acto de disposición patrimonial y ánimo de lucro. Si además existe un abuso de relaciones personales o de credibilidad profesional, se aplica un tipo agravado. [123]

Elementos clave de la estafa

  • Engaño bastante: Una mentira o artificio con apariencia de realidad, de entidad suficiente para engañar a una persona. No vale un engaño burdo.
  • Error: La víctima se forma una idea falsa de la realidad impulsada por ese engaño.
  • Disposición patrimonial: El traspaso o entrega voluntaria de dinero, bienes o derechos que empobrece a la víctima.
  • Ánimo de lucro: La intención directa del autor de conseguir una ganancia económica ilegítima.
  • Nexo causal: El engaño debe ser la causa directa y necesaria de la pérdida patrimonial; sin él, no se habría producido. [1234567]

Circunstancias de abuso o prevalimiento

  • Abuso de relaciones personales: Se da cuando el autor se aprovecha de un vínculo de amistad, familiares o convivencia para facilitar el engaño. [1]
  • Credibilidad profesional o empresarial: Ocurre si el estafador usa su posición de autoridad, prestigio laboral o negocios para doblegar la cautela de la víctima. [1]
  • Agravación de la pena: En estos casos de abuso de confianza o relaciones, el tipo penal eleva la gravedad de la condena ordinaria prevista por la ley. [1]
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u/Dependent_Net_5119 — 2 days ago

¿HAN PRESENTADO YA LA OBRA DE DIOS, LA PRIMERA MEMORIA ANUAL DE ACTIVIDADES Y ECONOMICA CON LA NUEVA FORMA JURIDICA TRAS EL ULTIMO MOTU PROPRIO DEL 2024? DONDE YA SOLO TIENEN COOPERADORES EXTERNOS CON CONTRATOS CIVILES AD-HOC

El ultimo Motu Proprio de 2024, tiene ya dos años, en el se fijaba que debían presentar cuentas cada año, es decir, ya debían haber presentado unas como poco, las de 1 de enero 2025 a 31 diciembre 2025, se dan tres meses para auditarlas etc, estamos en julio, mes 7 del 2026.

Silencio de radar.

https://preview.redd.it/y4516y23f6dh1.png?width=551&format=png&auto=webp&s=d6167b378da58424fa8ab16438d9c5942a7bf956

Estas primeras cuentas tras 2024 y memoria de actividades es la clave IMPORTANTÍSIMA, porque deja sentado el numero de miembros como cooperadores externos, ya no cuentan los laicos numes y demás como falsos religiosos, y el patrimonio económico, gastos, ingresos y a quien imputarlos.

https://reefcozumel.blogspot.com/2026/07/han-presentado-ya-la-obra-de-dios-la.html

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u/Dependent_Net_5119 — 1 month ago

La abogada Leticia de la Hoz, tras el archivo judicial de la querella del ex-prelado Ocáriz, por inexistencia de delito alguno en mis artículos y posterior acuerdo de Religión Digital – Opus Dei, para silenciarme; IMPUTADA, puede ir a prisión y ser suspendida como abogada

La abogada Leticia de la Hoz, tras el archivo judicial de la querella del ex-prelado Ocáriz, por inexistencia de delito alguno y posterior acuerdo de Religión Digital – Opus Dei, para silenciarme, imputada, puede ir a prisión y ser suspendida como abogada

https://preview.redd.it/o4vx0uucdq5h1.png?width=493&format=png&auto=webp&s=89ab63bb163e32f8f09768f1ba410f05d0e04023

https://reefcozumel.blogspot.com/2026/06/la-abogada-leticia-de-la-hoz-tras-el.html

https://preview.redd.it/g938okofdq5h1.png?width=419&format=png&auto=webp&s=6046d222bb585bb075c6316db5941eddf80383a1

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u/Dependent_Net_5119 — 3 months ago

La verdadera historia familiar de los Escriba Corzán, chocolateros y confiteros, padre de JME. Arruinados económica y socialmente en 1912, acabaron juzgados penalmente en Barcelona y está fue la única razón para crear la Opus Dei. Salir de la pobreza, y bien que lo consiguió José Maria Escriba Albas

La verdadera historia familiar de los Escriba Corzán, chocolateros y confiteros, padre de JME. Arruinados económica y socialmente en 1912, acabaron juzgados penalmente en Barcelona y está fue la única razón para crear la Opus Dei. Salir de la pobreza, y bien que lo consiguió José Maria Escriba Albas (JME)

Hola, os presento en español, ahora que se puede, la verdadera biografía de los Escriba Corzán. Familia de pasteleros, chocolateros, nada de nobleza, 4 apellidos con nobleza inventada.

Ni siquiera nunca vivieron en Plaza 11 en Barbastro, la casa natal verdadera fue en calle Ricardos 8 o General Ricardos 8, eran muy muy pobres, es decir que el Centro Cultural Entrearcos es otra trola para dummies y borrar el pasado real y hacer noble a gente poco recomendable que huyeron de las deudas y de la justicia y acabaron juzgados todos, penalmente en Barcelona con apoyo de fiscalía. Lo de las telas, otra trola

https://reefcozumel.blogspot.com/2026/02/las-andanzas-de-los-escriba-corzan-en_9.html

https://preview.redd.it/p7vybl2iwg2h1.png?width=456&format=png&auto=webp&s=13a04988dccdfdc1f0d530c4fd7f88b56e675d44

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u/Dependent_Net_5119 — 3 months ago

Demanda Estratégica Contra La Participación Pública O Slapp "Strategic Lawsuit Against Public Participation". Uso Fraudulento De La Justicia Con El Poderío Económico Y Abogados De La Casa Para Evitar La Información Crítica Contra La Opus Dei

Demanda Estratégica Contra La Participación Pública O Slapp "Strategic Lawsuit Against Public Participation". Uso Fraudulento De La Justicia Con El Poderío Económico Y Abogados De La Casa Para Evitar La Información Crítica Contra La Opus Dei

https://reefcozumel.blogspot.com/2026/04/demanda-estrategica-contra-la.html

https://preview.redd.it/9hqfgg6tzg2h1.png?width=563&format=png&auto=webp&s=899e2dcfd11cfb5cfcb483c5d812f777f05ee12a

No es un tipo de delito codificado en España, sino un patrón de comportamiento procesal que se identifica por su objetivo real: no ganar un juicio es decir que haya sentencia judicial con el proceso debido, sino silenciar al crítico usando el proceso mismo como arma.

https://preview.redd.it/nytb6vtzzg2h1.png?width=300&format=png&auto=webp&s=73c4412284ae1241e28ab7f2895a1a68cfb1e07b

https://preview.redd.it/ckh81hhuzg2h1.png?width=260&format=png&auto=webp&s=fb052afba0bec07b31fbdee7e41a94915b18e54c

En este caso encima el fraude es de la Jueza también, porque la vía era la civil, no la penal, por eso solo cabía archivo sin sentencia, pero es que no debía ni haber admitido a trámite esta querella.

https://preview.redd.it/k972rjs20h2h1.png?width=390&format=png&auto=webp&s=be649fc0d012b6c4fcddf6813326845bfc32e18f

El Opus Dei es una sociedad pública de derecho pontificio y por lo tanto no está sujeto al derecho al honor (vía civil)

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u/Dependent_Net_5119 — 3 months ago

SITUACIÓN ACTUAL Y FUTURA DEL OPUS DEI TRAS EL MOTU PROPRIO Y NUEVOS ESTATUTOS.2023-07-23. Articulo que fue llevado a juicio fianza de 30.000 €, totalmente veraz, con todos datos oficiales y publicado en mas blogs. Se ha cumplido la expulsión de laicos, curas a las parroquias y Ocáriz solo moderado

SITUACIÓN ACTUAL Y FUTURA DEL OPUS DEI TRAS EL MOTU PROPRIO Y NUEVOS ESTATUTOS.2023-07-23.

Articulo que fue llevado a juicio fianza de 30.000 €, totalmente veraz, con todos datos oficiales y publicado en mas blogs. Se ha cumplido la expulsión de laicos, curas a las parroquias y Ocáriz solo moderador

Copio el artículo para que alguien diga que hay de falso, no veraz en él.

DESPUÉS DEL MOTU PROPRIO Y NUEVOS ESTATUTOS AUN SIN PUBLICARSE

1.     El Opus Dei ya no es Prelatura Personal, ahora será sociedad publica clerical, solo caben sacerdotes, pero fuera de la vida civil laica como es actualmente. Prelatura en el Dicasterio del Clero NO ES POSIBLE

2.     El Opus Dei depende del Dicasterio del Clero como cualquier orden más como Jesuitas, Escolapios,

3.     Al frente hay un Protonotario, Sr. Ocáriz, que no implica que sea obispo y aun siéndolo siempre seria dentro del Dicasterio del Clero. Es solo un encargado de sacerdotes

4.     Los laicos civiles SOLO DEL OPUS DEI, decían que pertenecían a la estructura jerárquica de la Iglesia, donde no caben laicos (nunca pertenecieron, ha sido un fraude), pero lo decían por ser Prelatura Personal (la única en el mundo). Ahora o se ordenan sacerdotes, o toman votos para pertenecer, pero SIN VOTOS O SIN ORDENARSE SACERDOTES O MONJAS NO SON PARTE DE LA ESTRUCTURA DE LA IGLESIA: numerarios, supernumerarios, agregadas, auxiliares etc, a día de hoy son simplemente laicos civiles (quiero decir que no deben vivir apartados por eso lo de civiles) creyentes como uno mas

https://reefcozumel.blogspot.com/2024/05/situacion-actual-y-futura-del-opus-dei_28.html

https://preview.redd.it/xv5tgi5qin2h1.png?width=812&format=png&auto=webp&s=34788402a470743778cd06553258786ebf211aef

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u/Dependent_Net_5119 — 3 months ago

PROCESO PENAL EN BARCELONA CONTRA EL CHOCOLATERO ESCRIBA ALBAS Y SOCIOS. FUE MAS QUE UNA QUIEBRA DE NEGOCIO. APARECE UNA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE UNIFICAR AUTOS PENALMENTE EN BARCELONA CONTRA EL CHOCOLATERO Y SOCIOS. NUNCA ESTUVO PERDIDA... NI EL EXPEDIENTE

PROCESO PENAL EN BARCELONA CONTRA EL CHOCOLATERO ESCRIBA ALBAS Y SOCIOS. FUE MAS QUE UNA QUIEBRA DE NEGOCIO. APARECE UNA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE UNIFICAR AUTOS PENALMENTE EN BARCELONA CONTRA EL CHOCOLATERO Y SOCIOS. NUNCA ESTUVO PERDIDA... NI EL EXPEDIENTE

https://www.youtube.com/watch?v=f7JzWQiBx5I&t=27s

Proceso penal en Barcelona contra el chocolatero y socios. Fue más que una quiebra de negocio. Aparece una sentencia del Tribunal Supremo de unificar autos penalmente en Barcelona contra el chocolatero y socios. Nunca estuvo perdida... Ni el expediente

https://preview.redd.it/i2zsh83z5h2h1.png?width=362&format=png&auto=webp&s=ca9e75f4797c613273c5b16edec970f8ecb4ba77

https://reefcozumel.blogspot.com/2025/12/proceso-penal-en-barcelona-contra-el_8.html

Procedimiento: COMPETENCIA POR ACUMULACION DE AUTOS

Roj: STS 1173/1915 - ECLI:ES:TS:1915:1173

Id Cendoj: 28079110011915100481

Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Sede: Madrid

Sección: 14431

Fecha: 17/02/1915

Nº de Recurso:

Nº de Resolución:

Procedimiento: COMPETENCIA POR ACUMULACION DE AUTOS

Ponente: VICTOR COVIAN Y JUNCO

Tipo de Resolución: Sentencia

youtube.com/watch?v=f7JzWQiBx5I&source_ve_path=NzY3NTg&embeds_referring_euri=https%3A%2F%2Freefcozumel.blogspot.com%2F

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u/Dependent_Net_5119 — 3 months ago

El Tribunal Supremo Español Ha Establecido Jurisprudencia Consolidada Que La Iglesia, Al Igual Que La Nación Y Otras Personas Jurídicas De Derecho Público (Pontificio En Este Caso), No Es Titular Del Derecho Al Honor Como Derecho Fundamental, Según Esta Sentencia Del 2016

El Tribunal Supremo Español Ha Establecido Jurisprudencia Consolidada Que La Iglesia y el Opus Dei, Al Igual Que La Nación Y Otras Personas Jurídicas De Derecho Público (Pontificio En Este Caso), No Es Titular Del Derecho Al Honor Como Derecho Fundamental, Según Esta Sentencia Del 2016

El Tribunal Supremo Español Ha Establecido Jurisprudencia Consolidada Que La Iglesia, Al Igual Que La Nación Y Otras Personas Jurídicas De Derecho Público (Pontificio En Este Caso), No Es Titular Del Derecho Al Honor Como Derecho Fundamental, Según Esta Sentencia Del 2016 y por lo tanto no cabe demanda civil por vulneración de derecho al honor. El Opus Dei es sociedad pública de derecho pontificio y como tal está registrada en el Ministerio del Interior español desde 1982 con la última forma legal aun aprobada, y en revisión

https://preview.redd.it/zmk4ohg19h2h1.png?width=655&format=png&auto=webp&s=4fcbe1aa69b023a74b06acf37fb98e1ebb30852d

https://reefcozumel.blogspot.com/2026/04/el-tribunal-supremo-espanol-ha.html

Se busca con el SLAPP no poder hacer frente el demandado o CRITICO, a las fianzas disparatadas con juez y juzgado amigo encima por via penal cuando era civil la que correspondía, que solo son firmes tras sentencia condenatoria, a los gastos del procedimiento como periciales, a las costas propias aun saliendo absuelto, al miedo, acoso y coacciones sufridas durante el SLAPP cometidas por los expertos en ellas, con mandato divino y mucho tiempo libre. 

Pero sacar estatutos por orden del Papa tras 4 años, parece que no atinan, por 4 veces ya.

https://preview.redd.it/zmdtdzu29h2h1.png?width=689&format=png&auto=webp&s=9b7fcf892bb39dee9984b29b22672a90aef0fc8c

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u/Dependent_Net_5119 — 3 months ago

NUEVO REGISTRO DE TITULARIDADES REALES ÚNICO. AFLORAMIENTO PATRIMONIO OCULTO DEL OPUS DEI EN MANOS DE LAICOS.2023-07-25. Obligación de declarar los titulares reales del inmenso patrimonio o serán embargados y puede que condenados por delitos económicos; fraude a la AEAT, etc.

NUEVO REGISTRO DE TITULARIDADES REALES ÚNICO. AFLORAMIENTO PATRIMONIO OCULTO DEL OPUS DEI EN MANOS DE LAICOS.2023-07-25

https://reefcozumel.blogspot.com/2024/05/nuevo-registro-de-titularidades-reales_3.html

 

https://preview.redd.it/uvj8sim2ah2h1.png?width=769&format=png&auto=webp&s=7ad1aa861d0b09c953c5573a04fbe8f681e83ea6

IMPLICACIONES LEGALES DE LOS LAICOS DEL OPUS DEI Y SUS BIENES CON EL NUEVO REGISTRO DE TITULARIDADES REALES.

OBLIGACIÓN DE AFLORAR Y DECLARAR TODO DESDE SEPTIEMBRE 2023

La IV directiva UE 2015/849 de 20 de mayo de 2015 relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, exige como medida para luchar contra estas lacras -delitos que causan un gran perjuicio a la sociedad y al sistema económico-, la creación en cada país miembro de la UE de un Registro de Titularidades Reales (RETIR). En el mismo sentido la V directiva UE 2018/843.

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 ¿Qué es el nuevo registro de titularidades reales?

El Registro de Titularidades Reales es un registro central único en todo el territorio nacional. Este nuevo órgano será gestionado por el Ministerio de Justicia y tendrá su sede en la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública

 Con este Registro se va a contar en España por primera vez con los datos de titulares reales en relación con fideicomisos como el trust y otros instrumentos jurídicos análogos que operan en nuestro país y de los registros civiles como el de la propiedad.

 Con la aprobación de este RD se refuerza la candidatura presentada por Madrid para albergar la sede de la Autoridad Europea contra el Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo (Anti-Money Laundering Authority).

 El RD contempla la incorporación al Registro de datos de CARÁCTER HISTÓRICO existentes sobre las personas jurídicas, entidades o estructuras sin personalidad jurídica, como los fideicomisos tipo trust, y entidades o estructuras sin personalidad jurídica análogas a los trust. Con la nueva norma se regula las personas legitimadas para acceder y la forma de acceso; así como la interconexión con la PLATAFORMA CENTRAL EUROPEA y la protección de datos personales, entre otros asuntos.

 También prevé el cierre registral en caso de incumplimiento de la obligación de identificación e información al Registro, ya sea por falta de identificación en la hoja de titularidad real o por falta de constancia de la hoja de titularidad real por omisión en el depósito de las cuentas anuales, cuando se trate de entidades legalmente obligadas a ello.

 El Gobierno aprueba el Reglamento de este Registro, que estará operativo plenamente a finales de septiembre del 2023

 

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u/Dependent_Net_5119 — 3 months ago

ESTUDIO ECONÓMICO DEL SANTUARIO Y COMPLEJO DE TORRECIUDAD. ACTUALIZADO 2023-07-24. Segundo artículo llevado a juicio, todo veraz con datos oficiales de la propia OD. Que alguien diga que es lo incierto o no veraz en él. No retirado en mas blogs donde está publicado. Un acuerdo privado no es prueba

ESTUDIO ECONÓMICO DEL SANTUARIO Y COMPLEJO DE TORRECIUDAD. ACTUALIZADO 2023-07-24. Segundo artículo llevado a juicio, todo veraz con datos oficiales de la propia OD. Que alguien diga que es lo incierto o no veraz en él.

https://preview.redd.it/f6p8mtqabh2h1.png?width=630&format=png&auto=webp&s=1f47e6185d6a8c9c0497de7a192e4a8ef6c9897c

https://reefcozumel.blogspot.com/2024/05/estudio-economico-del-santuario-y_3.html

I. RESUMEN DE LAS CUENTAS DE LA MEMORIA E INGRESOS DECLARADOS

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Resumen ingreso por persona en Torreciudad: 214.751 € +147.851 € +32.149 € + cepillo iglesia desconocido + cursos anuales de 30.000 miembros desconocidos = 394.751 €

Ingreso medio por persona Torreciudad = 1,97 € para 200.000 visitas (2018)

Resumen Ingreso Valle de los Caídos: 1.890.000 € +60.000 € +150.000 € = 2.100.000 €

Ingreso medio por persona Valle de los Caídos = 6 € para 350.000 visitas (2018)

Subvenciones que asimilando al Valle 350.000 € (1€ por visitante) serian 200.000 € (200.000 visitantes) más para Torreciudad

Hay que sumar en Torreciudad los ingresos de los retiros y cursos anuales de los miembros y demás, este dato es desconocido, podrían ser de entre 10.000.000 € (solo van el 30% de los 30.000 miembros) hasta 30.000.000 € año (asisten el 100%)

Se desconoce cómo y a que sociedad y partida del Opus Dei se imputan

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RESUMENEn Torreciudad se gastan según el Opus Dei un 300% menos, 2 € persona vs 6 € persona en el Valle, con datos oficiales sin sumar subvenciones, ni “cepillo” ni la partida más importante, los cursos anuales y retiros de los laicos civiles del Opus Dei que recordemos se consideran estructura jerárquica de la Iglesia por lo que reciben subvenciones

No se ha sumado en ningún sitio lo aportado por patronos o fundaciones ya que ambos lugares los tienen, es curioso que en caso del Opus Dei siempre aportan para dejar a cero las cuentas luego los ingresos serán siempre mayores de lo declarado

COROLARIO: El Obispo vuelve a acertar pidiendo esos 600.000 € de canon, solo por comparación entre modelos, ya que de media un pago o gasto de 6 € visitante (200.000) daría en Torreciudad unos ingresos de 1.200.000 € de las partidas comparadas, vs 394.751 € que declaran hoy, una diferencia de 806.000 € menos, sin contabilizar los 10.000.0000 € - 30.000.000 por los cursos anuales de retiro, los cepillos de las misas, jornadas, ni los 350.000 € de subvenciones al Valle y 200.000 € a Torreciudad (1€ visitante ambos casos), en este caso sumariamos 1.400.000 € de ingresos no declarados que debería aflorar como mínimo como ingresos reales Torreciudad para igualar ratios unitarios

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u/Dependent_Net_5119 — 3 months ago

Uso Delictivo De Las Demandas Judiciales Para Silenciar Al Critico Contra El Código Penal, Contra Articulo 19 De La Declaración Universal De Derechos Humanos Y Artículo 20 La Constitución Española De 1978. Un acuerdo privado para archivar un procedimiento judicial no es una sentencia que pruebe nada

Uso Delictivo De Las Demandas Judiciales Para Silenciar Al Critico Contra El Código Penal, Contra Articulo 19 De La Declaración Universal De Derechos Humanos Y Artículo 20 La Constitución Española De 1978. Un acuerdo privado para archivar un procedimiento judicial no es una sentencia que pruebe nada

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https://reefcozumel.blogspot.com/2026/04/uso-delictivo-y-estrategico-de-las.html

Un acuerdo privado entre las partes, para archivar un procedimiento judicial, sin sentencia por lo tanto, no es una sentencia judicial que diga que los datos son falsos. La enésima trampa para silenciar a los críticos usando el poderío económico.

https://preview.redd.it/0x8dqnandh2h1.png?width=433&format=png&auto=webp&s=87042696376e93c8ed0b46a074155c1dbaade8f6

No existe ninguna sentencia que diga que se ha faltado a la verdad, ni calumniado ni injuriado

¿Qué dato en concreto de mis artículos son falsos, cuando son datos oficiales del catastro y de las propias memorias de Torreciudad y encima tras presentar la tramposa querella, copian mi propio calculo de 6€ por visitante, y por eso están obligados a retirarla para no contradecirse y que el juez encima les condene en costas , por fraude procesal y por abuso de derecho?

https://preview.redd.it/gdkuquvldh2h1.png?width=452&format=png&auto=webp&s=e96243f073a5aac08ce6c50f8588b88a9a752216

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u/Dependent_Net_5119 — 3 months ago

Uso Delictivo De Las Demandas Judiciales Para Silenciar Al Critico Contra El Código Penal, Contra Articulo 19 De La Declaración Universal De Derechos Humanos Y Artículo 20 La Constitución Española De 1978. Un acuerdo privado para archivar un procedimiento judicial no es una sentencia que pruebe nada

Uso Delictivo De Las Demandas Judiciales Para Silenciar Al Critico Contra El Código Penal, Contra Articulo 19 De La Declaración Universal De Derechos Humanos Y Artículo 20 La Constitución Española De 1978. Un acuerdo privado para archivar un procedimiento judicial no es una sentencia que pruebe nada

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Un acuerdo privado entre las partes, para archivar un procedimiento judicial, sin sentencia por lo tanto, no es una sentencia judicial que diga que los datos son falsos. La enésima trampa para silenciar a los críticos usando el poderío económico.

https://preview.redd.it/0x8dqnandh2h1.png?width=433&format=png&auto=webp&s=87042696376e93c8ed0b46a074155c1dbaade8f6

No existe ninguna sentencia que diga que se ha faltado a la verdad, ni calumniado ni injuriado

¿Qué dato en concreto de mis artículos son falsos, cuando son datos oficiales del catastro y de las propias memorias de Torreciudad y encima tras presentar la tramposa querella, copian mi propio calculo de 6€ por visitante, y por eso están obligados a retirarla para no contradecirse y que el juez encima les condene en costas , por fraude procesal y por abuso de derecho?

https://preview.redd.it/gdkuquvldh2h1.png?width=452&format=png&auto=webp&s=e96243f073a5aac08ce6c50f8588b88a9a752216

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u/Dependent_Net_5119 — 3 months ago

Como extraditar a Ocáriz, a Fazio a Argentina adicionalmente o desde España y como usar el derecho de la Unión Europea para juzgarles adicionalmente en España o en Italia por los cientos de miles de delitos.

Como extraditar a Ocáriz, a Fazio a Argentina adicionalmente o desde España y como usar el derecho de la Unión Europea para juzgarles adicionalmente en España o en Italia por los cientos de miles de delitos.

Fazio es argentino natural y será italiano naturalizado, puede que además tuviera pasaporte diplomático del Vaticano cuando eran prelatura, pero con el cambio de Dicasterio y fuera de la jerarquía, si lo tuviera, se lo habrán retirado.

https://preview.redd.it/mloqyhtneu2h1.png?width=518&format=png&auto=webp&s=492b9bf45daf4dc58c6a2991be493b0b52039061

 Si Argentina pide la extradición activa, Italia no puede negarse porque prevalece legalmente la nacionalidad argentina sobre su conciudadano o nacional. 

https://reefcozumel.blogspot.com/2025/07/como-extraditar-ocariz-fazio-argentina_6.html

https://preview.redd.it/ei0gq510fu2h1.png?width=1200&format=png&auto=webp&s=86f5837864015f806d2c866dc739bd0d6de97876

Se convertiría en un asunto UE y Argentina contra el Opus Dei, bajo derecho de la UE (Italia y España) e incluso se puede demandar en cualquier país de la UE bajo leyes nacionales y aplicar directamente de inicio el derecho Unión Europea sin empezar por el Español o Italiano y sus leyes nacionales. Así aun refugiándose en Italia serían juzgados en España, Italia y condenados.

https://preview.redd.it/pdw44zikfu2h1.png?width=572&format=png&auto=webp&s=c583a9c4de99e5d6bc042a8af6bf2b7f42e2819e

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u/Dependent_Net_5119 — 3 months ago

Retirada Del Articulo Sin Sentencia Judicial Por Parte De Religión Digital, El Cual No Ha Sido Rebatido E Incluye Las Fuentes Y Todos Los Datos Oficiales. La Secta Obra De Dios, Religión Digital Delinquen Ex Aequo, Como "Grupo Criminal Organizado" Al Imputarme Públicamente Delitos, Sin Sentencia.

Retirada Del Articulo Sin Sentencia Judicial Por Parte De Religión Digital, El Cual No Ha Sido Rebatido E Incluye Las Fuentes Y Todos Los Datos Oficiales. La Secta Obra De Dios, Religión Digital Delinquen Ex Aequo, Como "Grupo Criminal Organizado" Al Imputarme Públicamente Delitos, Sin Sentencia Judicial Que Lo Avale.

https://preview.redd.it/9abf9phkyo3h1.png?width=300&format=png&auto=webp&s=f3563b4627444192e8dcd3654eb1e8ee0acb2a19

Haré un comunicado en mi blog con el cronológico y las pruebas, incluidas las del Ex Obispo Pérez Pueyo que llevó este tema a los tribunales de Aragón y la consulta que me hizo.... después de haber leído la rectificación de RD y de la "Obra de Dios", donde con un par, ambos me acusan sin haber sentencia judicial que lo sustente, que yo he faltado a la verdad y faltado al honor a la Prelatura, LO QUE ES UN DELITO DE CALUMNIAS POR PARTE DE RELIGION DIGITAL AL ATRIBUIRME LA COMISION DE DOS DELITOS  Y DEL OPUS DEI, CON AGRAVANTE DE PUBLICIDAD EN AMBOS MEDIOS, sin decir en concreto que términos y frases son las referidas

https://preview.redd.it/mn7wainmyo3h1.png?width=662&format=png&auto=webp&s=f05fd7da15ca8a23053e82de81692771f2e9d06c

Un acuerdo de las partes, NO ES UNA SENTENCIA, AHORA YO MOVERÉ FICHA PENALMENTE CONTRA TODOS Y CON MI DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN, INFORMACIÓN Y OPINION, porque no HAY SENTENCIA QUE AVALE LA RETIRADA TRAS TRES AÑOS ni tampoco se puede revelar mi identidad ya que estoy protegido por el secreto profesional, la cual ha sido revelada a D. Antonio Moya y mas personas, según consta en la grabación mía que se adjunta, DONDE CONFIESA, QUE SABE QUIEN SOY Y QUE ESTOY PIRADO, QUE NO LO DUDO, LO SUFICIENTE PARA SOPORTAR :) LA VIDA MODERNA SEGÚN C. GUSTAV JUNG y la perdida del hombre arcaico.

https://preview.redd.it/34t0xe5oyo3h1.png?width=424&format=png&auto=webp&s=72e0ba17526a3f4840a5221116f4306b6511ce16

https://reefcozumel.blogspot.com/2026/04/la-secta-obra-de-dios-religion-digital.html?sc=1779892235874#c8279724390030800684

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u/Dependent_Net_5119 — 3 months ago

Retirada Del Articulo Sin Sentencia Judicial Por Parte De Religión Digital, El Cual No Ha Sido Rebatido E Incluye Las Fuentes Y Todos Los Datos Oficiales. La Secta Obra De Dios, Religión Digital Delinquen Ex Aequo, Como "Grupo Criminal Organizado" Al Imputarme Públicamente Delitos, Sin Sentencia.

Retirada Del Articulo Sin Sentencia Judicial Por Parte De Religión Digital, El Cual No Ha Sido Rebatido E Incluye Las Fuentes Y Todos Los Datos Oficiales. La Secta Obra De Dios, Religión Digital Delinquen Ex Aequo, Como "Grupo Criminal Organizado" Al Imputarme Públicamente Delitos, Sin Sentencia Judicial Que Lo Avale.

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Haré un comunicado en mi blog con el cronológico y las pruebas, incluidas las del Ex Obispo Pérez Pueyo que llevó este tema a los tribunales de Aragón y la consulta que me hizo.... después de haber leído la rectificación de RD y de la "Obra de Dios", donde con un par, ambos me acusan sin haber sentencia judicial que lo sustente, que yo he faltado a la verdad y faltado al honor a la Prelatura, LO QUE ES UN DELITO DE CALUMNIAS POR PARTE DE RELIGION DIGITAL AL ATRIBUIRME LA COMISION DE DOS DELITOS  Y DEL OPUS DEI, CON AGRAVANTE DE PUBLICIDAD EN AMBOS MEDIOS, sin decir en concreto que términos y frases son las referidas

https://preview.redd.it/mn7wainmyo3h1.png?width=662&format=png&auto=webp&s=f05fd7da15ca8a23053e82de81692771f2e9d06c

Un acuerdo de las partes, NO ES UNA SENTENCIA, AHORA YO MOVERÉ FICHA PENALMENTE CONTRA TODOS Y CON MI DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN, INFORMACIÓN Y OPINION, porque no HAY SENTENCIA QUE AVALE LA RETIRADA TRAS TRES AÑOS ni tampoco se puede revelar mi identidad ya que estoy protegido por el secreto profesional, la cual ha sido revelada a D. Antonio Moya y mas personas, según consta en la grabación mía que se adjunta, DONDE CONFIESA, QUE SABE QUIEN SOY Y QUE ESTOY PIRADO, QUE NO LO DUDO, LO SUFICIENTE PARA SOPORTAR :) LA VIDA MODERNA SEGÚN C. GUSTAV JUNG y la perdida del hombre arcaico.

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u/Dependent_Net_5119 — 3 months ago
▲ 6 r/OpusDeirevealed+1 crossposts

Censoring of objectivity by Opus-influenced critics

I just want to voice that there is a real concern with the above going on in other discussion forums. It appears that Opus Dei members and associates may be "playing the field" or "switching sides" in order to appear as if they are genuinely concerned about exposing the wrongdoing in order to then go back to the Prelature and tell them what various websites are saying.

I'll be honest with yall. This goes on more often than not. And, something you should know is that it seems to me that on certain websites there is no longer objectivity and I'm trying to determine if Opus's involvement or objective in their communication with these individuals is, as I believe, strategic in nature.

Thanks

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u/Dependent_Net_5119 — 3 months ago

Retirada Del Articulo Sin Sentencia Judicial Por Parte De Religión Digital, El Cual No Ha Sido Rebatido E Incluye Las Fuentes Y Todos Los Datos Oficiales. La Secta Obra De Dios, Religión Digital Delinquen Ex Aequo, Como "Grupo Criminal Organizado" Al Imputarme Públicamente Delitos, Sin Sentencia.

Retirada Del Articulo Sin Sentencia Judicial Por Parte De Religión Digital, El Cual No Ha Sido Rebatido E Incluye Las Fuentes Y Todos Los Datos Oficiales. La Secta Obra De Dios, Religión Digital Delinquen Ex Aequo, Como "Grupo Criminal Organizado" Al Imputarme Públicamente Delitos, Sin Sentencia Judicial Que Lo Avale.

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Haré un comunicado en mi blog con el cronológico y las pruebas, incluidas las del Ex Obispo Pérez Pueyo que llevó este tema a los tribunales de Aragón y la consulta que me hizo.... después de haber leído la rectificación de RD y de la "Obra de Dios", donde con un par, ambos me acusan sin haber sentencia judicial que lo sustente, que yo he faltado a la verdad y faltado al honor a la Prelatura, LO QUE ES UN DELITO DE CALUMNIAS POR PARTE DE RELIGION DIGITAL AL ATRIBUIRME LA COMISION DE DOS DELITOS  Y DEL OPUS DEI, CON AGRAVANTE DE PUBLICIDAD EN AMBOS MEDIOS, sin decir en concreto que términos y frases son las referidas

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Un acuerdo de las partes, NO ES UNA SENTENCIA, AHORA YO MOVERÉ FICHA PENALMENTE CONTRA TODOS Y CON MI DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN, INFORMACIÓN Y OPINION, porque no HAY SENTENCIA QUE AVALE LA RETIRADA TRAS TRES AÑOS ni tampoco se puede revelar mi identidad ya que estoy protegido por el secreto profesional, la cual ha sido revelada a D. Antonio Moya y mas personas, según consta en la grabación mía que se adjunta, DONDE CONFIESA, QUE SABE QUIEN SOY Y QUE ESTOY PIRADO, QUE NO LO DUDO, LO SUFICIENTE PARA SOPORTAR :) LA VIDA MODERNA SEGÚN C. GUSTAV JUNG y la perdida del hombre arcaico.

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